Este Sindicato interpuso demanda contra las Órdenes (JUS/1654/2010 y JUS/1655/2010, de 31 de mayo) por las que se convocaba el proceso selectivo para el acceso por los sistemas generales de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Gestión y en el de Tramitación Procesal y Administrativa, en cuanto al apartado relativo a la exigencia de haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años computados desde la toma de posesión como funcionario de carrera para poder participar en el turno por promoción interna.
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